DOCENTES DE LA PROVINCIA ANTE LA EXIGENCIA DE INFORMAR PREVIAMENTE ADHESIÓN A LOS PAROS
Por el Taller de Estudios Laborales
“El presente instructivo, más allá de aunar
criterios pretende instalar la obligación de dar aviso en tiempo y forma de la decisión que se
toma frente a cualquier medida de fuerza y la forma de organización del
servicio, a la instancia jerárquica correspondiente”
La circular-instructivo de la Dirección General de Cultura y Educación, Jefatura Región 5, de la Provincia de Buenos Aires, que se adjunta, fue enviada hoy por mail por la directora de una escuela primaria de ese distrito a los docentes a su cargo.
La misma es un
paso mas en la naturalización de algo que seguramente empezó como una
colaboración de los maestros con los padres y los chicos y como ocurre muchas
veces cuando no se defiende un derecho se ha convertido en una obligación de
hecho. Por la misma se pretende que los docentes informen por escrito y con
firma si se van a adherir o no las medidas de fuerza que resuelvan los
sindicatos. Este pedido debería ser interpretado como una medida intimidatoria
y antisindical. Pretende convertir un conflicto laboral en un tramite
administrativo y a una medida de protesta en un hecho que moleste lo menos
posible. Oculta que los inconvenientes que genera una huelga docente son
responsabilidad de las autoridades que no resuelven los problemas y hacen
propuestas absurdas e inaceptables a sabiendas que llevaran a la paralización
de las clases. Solicitar a un trabajador que informe por anticipado en forma
individual su participación en una acción gremial es desconocer el derecho de
los trabajadores a defender colectivamente sus derechos. Expone al docente que
adhiere a sanciones y al que no piensa adherir lo pone en la situación de
sabotear objetiva y anticipadamente el accionar de sus compañeros. Esto se
completa luego con otro hecho inadmisible: el registro en el legajo docente de
las inasistencias por huelga. Si todo esto ocurriera en una empresa privada
seria un escándalo que la pondría fuera de la ley, al violar derechos
constitucionales y discriminar a sus empleados por ejercer sus derechos. Esta
conducta antilaboral típicamente patronal de las autoridades del sector no
hablan nada bien de la convivencia respetuosa que debería reinar dentro de la
comunidad educativa. Los sindicatos deben oponerse a estas practicas y
denunciarlas. Debería comunicarse a las autoridades, a los directores y a los
propios docentes la improcedencia e irregularidad de las mismas. A los docentes
se los debería instruir para que no respondan a esta requisitoria, o por los
menos, si no da, a decir que “no sabe”.
Las autoridades
tienen derecho a ser informadas con anticipación sobre medidas de fuerza, si
eso es factible, pero esa comunicación debe hacerla el representante del
conjunto de los trabajadores y no puede exigirse que sea en forma individual
por cada docente. Las autoridades pueden llevar un registro estadístico de las
adhesiones a los paros en su jurisdicción, pero no listados personalizados de
los huelguistas, algo que solo puede instrumentarse con el objetivo de castigar
y discriminar. Las autoridades pueden y deben tomar las previsiones del caso
frente al anuncio sindical de paros, pero sin trasladar responsabilidades a los
docentes ni menoscabar, aunque sea sutilmente a traves de actos aparentemente
administrativos, sus derechos como trabajadores.