La incertidumbre docente atada al destino de las vacantes. MAD y acrecentamiento 2015/2016



Anualmente en los periodos que se determinan según cronograma de acciones estatutarias, los docentes titulares de todas las ramas de los Establecimientos Educativos formularan en una sola presentación todos los pedidos de movimientos y Acrecentamiento que sean de su interés.
A los efectos del movimiento docente y acrecentamiento las vacantes se distribuirán de acuerdo con los porcentajes y orden preferencial (art 55° del Estatuto Docente).
Las vacantes y el porcentaje fijado por la normativa serán los resultantes del tratamiento de las plantas orgánicas funcionales de las escuelas, actualizadas al 21 de agosto del corriente año.
El personal directivo de cada Establecimiento Educativo notificará fehacientemente sobre estas acciones estatutarias y deberá conocer la normativa que enmarca el Mad y el Acrecentamiento 2015/2016 y publicarla para la lectura de todos los docentes y son ellos los asesores naturales a quienes los docentes deberá recurrir en caso de dudas, en el cumplimiento de los datos de las planillas de solicitud.

1-Las planillas de solicitud de Mad y Acrecentamiento revisten carácter de declaración jurada según disposición 550/2010
"No se aceptarán modificaciones al pedido original y el docente tendrá la responsabilidad y obligación de cumplimentar los datos que se requieran .La omisión y /o error de algunos de estos datos obligatorios será causal de anulación de la solicitud, sin prejuicio de lo que a derecho corresponda."
2-Causales de anulación de la solicitud de Mad y Acrecentamiento:
a-Incumplimiento, omisión y /u error de alguno de los datos a consignar en la planillas.
b-Anulación de razones: por falta de documentación probatoria y /o documentación incompleta, en estos casos se anularán las razones y se analizará el pedido sin razones por puntaje.
Los representantes gremiales que integran las comisiones de mad y acrecentamiento son los observadores activos con intervención frente a las innumerables situaciones de injusticia e inequidad que a diario se presentan, son los que discuten en paridad con las autoridades estatales las condiciones laborales y sobre las acciones que garanticen el cumplimiento de los derechos estatutarios de los docentes.
Se observa:
La implementación y difusión improvisada de las planillas de solicitud de Mad y Acrecentamiento, en las cuales no consta el nombre y el apellido del docente solicitante.
Ausencia de asesoramiento de directivos a los docentes en el cumplimiento de datos en los anexos.
Cronograma de acciones estatutarias (anexo 1) de M.A.D y Acrecentamiento 2015/2016 el cual no respeta los tiempos docentes para confeccionar las solicitudes, reunir la documentación solicitada y observar vacantes.
Estas observaciones ponen en peligro las condiciones de acceso democrático al trabajo y a la estabilidad laboral. Los representantes gremiales del Suteba reclamamos y denunciamos se arbitren los medios necesarios para garantizar las acciones estatutarias en forma y tiempo según los derechos de los docentes que desean realizar Mad y Acrecentamiento así como la extensión del plazo para llevarlas a cabo satisfactoriamente, asegurando de esta manera la información y la documentación requerida para que la solicitud no sea anulada.
El Suteba deja constancia que se deberá contactar telefónicamente a los docentes que necesiten completar información y que las planillas nuevas en algunos de sus puntos presentan dificultad creando situaciones ambiguas y que la publicación de vacantes presentan algunas irregularidades ya que muchas de ellas no coinciden con los datos obtenidos de las pof/pofa, ya que las mismas no fueron verificadas por los directivos y se deberán incorporar las que surjan al 21/8/2015.
Es nuestra obligación realizar una vigilancia activa y crítica denunciando todas las irregularidades observadas evitando ola vulnerabilidad de los derechos de los trabajadores docentes.